ALLEGRETTI IGNACIO NICOLAS-CROMAÑON- c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados a los profesionales intervinientes en un juicio por daños y perjuicios, destacando que la determinación debe considerar la labor realizada y no sólo la aplicación mecánica de porcentajes.
Daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma los honorarios regulados a los abogados y a la perito psicóloga intervinientes, reduciendo sólo los de esta última.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se señala que la regulación de honorarios debe considerar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos y la contribución de cada profesional. No debe limitarse a la mera aplicación de porcentajes arancelarios, sino que requiere un análisis y evaluación adecuada de la tarea encomendada. Además, el valor del juicio no es la única base para la regulación, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
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