ARAUCA BIT AFJP SA c/ EN-M§ TRABAJO-(LEY 26425) s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La AFJP inició demanda por daños y perjuicios derivados de la sanción de la Ley 26.425 y la Cámara concedió parcialmente el recurso extraordinario respecto a la cuestión federal planteada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La AFJP Arauca Bit promovió demanda contra el Estado Nacional por daños y perjuicios derivados de la sanción de la Ley 26.425 que dispuso el sistema de reparto previsional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia de primera instancia y dispuso hacer lugar parcialmente a la demanda, reconociendo el derecho de la AFJP a obtener un resarcimiento. Ambas partes interpusieron recursos extraordinarios federales, cuestionando la sentencia. La Cámara concedió el recurso de la AFJP en lo referido a la cuestión federal planteada respecto a la inconstitucionalidad del art. 13 de la Ley 26.425 en cuanto al límite indemnizatorio y forma de cancelación, pero denegó los agravios referidos a cuestiones de hecho y prueba. Rechazó el recurso del Estado Nacional.
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