LADELFA, MARCELO PEDRO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor jubilado impugnó la constitucionalidad de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara modifica la sentencia y confirma la declaración de inconstitucionalidad, ordenando el reintegro de lo retenido.
Impugnación de la constitucionalidad de los artículos de la ley de Impuesto a las Ganancias que justifican la aplicación de ese impuesto sobre los haberes previsionales, solicitando el cese de las retenciones y el reintegro de las sumas descontadas.
¿Qué se resolvió?
(i) Se declara la inconstitucionalidad del artículo 79°, inciso c), de la Ley 20.628 y del Decreto 394/2016, actual artículo 82, inciso c), t.o. 824/2019.
(ii) Se ordena el reintegro de la totalidad de las sumas retenidas a partir del 4 de noviembre de 2020, con intereses.
(iii) Se imponen las costas a la AFIP.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara confirma la declaración de inconstitucionalidad con sustento en la doctrina del precedente "García, María Isabel" de la CSJN, que establece que la sola capacidad contributiva es insuficiente como parámetro para establecer tributos a jubilados y pensionados, debiendo considerarse también su situación de vulnerabilidad. El actor, al ser una persona mayor jubilada, acredita dicha situación de vulnerabilidad. Respecto a los intereses, se establece que deben calcularse desde la interposición de la demanda a la tasa prevista en las resoluciones del Ministerio de Economía. Las costas se distribuyen en el orden causado, apartándose del principio de la derrota, en línea con la jurisprudencia sentada en el precedente "García, María Isabel".
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