ASOCIACION DE MEDICOS OFTALMOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO c/ EN-M EDUCACION-RESOL 1221/13 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los médicos oftalmólogos promovieron demanda declarativa para determinar los alcances del título de Licenciado en Óptica Ocular y Optometría. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción al concluir que no existe incertidumbre que justifique la vía elegida.
- Actores: Asociación de Médicos Oftalmólogos de la Provincia de Buenos Aires y Dr. Ariel Smurra
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Educación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinar el alcance de las actividades autorizadas por la Resolución N° 1.221/2013 que otorgó reconocimiento oficial y validez nacional al título de Licenciado en Óptica Ocular y Optometría, y declarar que los licenciados no pueden realizar diagnósticos, recetas u otras actividades reservadas a los médicos oftalmólogos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción declarativa por considerar que no existe incertidumbre, ya que la resolución en cuestión establece claramente que los licenciados no podrán pronosticar ni diagnosticar. Se consideró que la afectación alegada derivaría de la actuación de la Provincia de Buenos Aires, que no fue demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Resolución N° 1.221/2013 es clara al establecer que los licenciados no podrán pronosticar ni diagnosticar.
- La acción declarativa requiere la existencia de un caso o controversia concreta, lo que no se verifica en este caso, ya que la supuesta afectación deriva de la actuación de terceros.
- La pretensión de notificar la sentencia a la Provincia de Buenos Aires para que regule la actividad de los licenciados excede del objeto de una acción declarativa.
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