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EN - M AMBIENTE c/ ESTABLECIMIENTO METALURGICO POWER SAICF s/PROCESO DE EJECUCION

El Estado Nacional promovió ejecución fiscal por una multa impuesta a una empresa. La Cámara Contencioso Administrativo Federal determinó la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias en este tipo de procesos.

Competencia Multa Ejecucion fiscal Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias Efluentes liquidos industriales


¿Quién es el actor?

Estado Nacional

¿A quién se demanda?

Establecimiento Metalúrgico Power S.A.I.C.F.e.I

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de multa de $25.000 por omisión de presentar declaración jurada anual de efluentes líquidos industriales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal determinó que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias tienen competencia para conocer en este tipo de ejecuciones fiscales, en base a una interpretación teleológica de la Ley N° 25.293 que creó dichos juzgados. Fundamentó su decisión en que la ley y el mensaje del Poder Ejecutivo indicaron que la competencia de estos tribunales abarca la ejecución de créditos adeudados a la Administración Pública Nacional por conceptos como impuestos, tasas, multas, etc. Señaló que este criterio ya había sido sostenido por la Cámara en pronunciamientos previos.

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