TERRAZA , LORENZO DEL CORAZON DE JESUS Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron el pago de intereses sobre los montos reconocidos en la sentencia firme. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la decisión de primera instancia y ordenó una nueva liquidación para calcular los intereses hasta el efectivo pago.
Pago de intereses sobre los montos reconocidos en sentencia firme
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la decisión de primera instancia y ordenó una nueva liquidación de intereses hasta el efectivo pago. Consideró que correspondía calcular los intereses desde la fecha de corte de la liquidación aprobada hasta la notificación del depósito efectuado por el demandado, descontando los pagos parciales realizados.
Fundamentos relevantes:
- La liquidación en la ejecución de sentencias debe respetar las pautas fijadas por el tribunal, verificando que se hayan respetado los términos de la sentencia a ejecutar.
- La imputación del pago como manifestación de la voluntad del acreedor debe resultar de expresiones claras, no admitiéndose interpretaciones que priven al acreedor del derecho a los intereses hasta el efectivo pago.
- Los intereses deben liquidarse desde el nacimiento de los créditos reconocidos y hasta su total cancelación, imputándose los pagos parciales y calculando los intereses sobre los saldos adeudados.
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