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TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45

La empresa de telecomunicaciones apeló una multa impuesta por incumplir un acuerdo conciliatorio con una consumidora. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la sanción al considerar que la empresa no acreditó debidamente el cumplimiento del acuerdo.

Multa Ley de defensa del consumidor Incumplimiento Telecomunicaciones Acuerdo conciliatorio Facturacion


¿Quién es el actor?

Telefónica Móviles Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Defensa del Consumidor (DNDC)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apelación de una multa de $180.000 impuesta por incumplir un acuerdo conciliatorio con una consumidora (Sra. Ana María Eiranova).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala V rechazó el recurso de apelación y confirmó la multa aplicada. La DNDC sancionó a Telefónica por incumplir un acuerdo conciliatorio en el que se obligaba a enviar las facturas en soporte papel al domicilio de la consumidora. Telefónica apeló argumentando que cumplió el acuerdo, pero la Cámara consideró que la prueba aportada (capturas de pantalla) no acreditaba el efectivo envío de las facturas, siendo necesario contar con la constancia de envío por correo postal. La Cámara señaló que el incumplimiento de un acuerdo conciliatorio constituye infracción a la Ley de Defensa del Consumidor, y que la multa impuesta no se presentaba como manifiestamente arbitraria o irrazonable considerando la gravedad de la infracción, la posición de Telefónica en el mercado y el propósito ejemplificador de la sanción.

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