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GUTKIN NESTOR JULIO (TF 32263-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Un despachante de aduana apeló la multa impuesta por la Aduana por falta de presentación del certificado de origen al importar brocas helicoidales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal que determinó que la falta de certificado de origen no constituye una prohibición a la importación.

Codigo aduanero Mercaderia Importacion Despacho aduanero Certificado de origen Derechos antidumping Prohibicion


¿Quién es el actor?

Despachante de aduana Néstor Julio Gutkin

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Multa impuesta por la DGA por falta de presentación del certificado de origen al importar brocas helicoidales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal que había revocado parcialmente la multa impuesta por la DGA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal Fiscal consideró que la falta de presentación del certificado de origen no configuraba una prohibición a la importación, sino una restricción reglamentaria.
- La exigencia del certificado de origen tiene por objeto el control estadístico, la protección de la industria nacional y la posibilidad de requerir el pago de derechos antidumping, pero no implica una prohibición de importación.
- Por lo tanto, la inexactitud en la declaración no resulta punible en los términos del Código Aduanero.

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