EN-M ECONOMIA-SECRETARIA INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO c/ EDESUR SA s/EJECUCION FISCAL
Conflicto de competencia entre tribunales federales en ejecución fiscal por multa impuesta a empresa. La Cámara Contencioso Administrativa resuelve que corresponde al Juzgado Contencioso Administrativo Federal mantenerse a cargo del expediente.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo
¿A quién se demanda?
EDESUR S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de multa de $1.400.000 más intereses y costas por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa resuelve que corresponde al Juzgado Contencioso Administrativo Federal mantenerse a cargo del expediente, en base a que la declaración de incompetencia del juez federal fue intempestiva, pues ya había asumido el conocimiento del asunto al decretar el embargo, librar el mandamiento de intimación y sustanciar la excepción opuesta por la ejecutada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los jueces sólo pueden declarar su incompetencia al inicio de la acción o al resolver una excepción de tal índole, no en cualquier estado del proceso.
- Cuando se trata de un conflicto entre jueces federales, no procede la facultad de éstos de declararse incompetentes en "cualquier estado del proceso".
- El juez federal en lo contencioso administrativo federal, al haber asumido el conocimiento del asunto, no podía luego declinar su competencia de oficio.
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