BOMBARES, JUAN JOSE c/ EN-M SEGURIDAD-GN-LEY 19349 s/AMPARO LEY 16.986
Acción de amparo por traslado laboral rechazada. La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación por extemporáneo.
- Actor: Juan José Bombares
- Demandado: Estado Nacional (Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional)
- Objeto: Solicitud de traslado de Bombares a una unidad cercana a Clorinda, Formosa.
- Decisión: La jueza de primera instancia rechazó la acción de amparo. Bombares apeló, pero la Cámara declara mal concedido el recurso por extemporáneo, al haber sido presentado fuera del plazo de 48 horas establecido en la Ley 16.986.
- Fundamentos:
- El Tribunal de Alzada tiene la potestad de revisar la procedencia y el modo en que se concedió el recurso, más allá de la voluntad de las partes.
- Según el art. 15 de la Ley 16.986, el recurso de apelación debe interponerse dentro de las 48 horas de notificada la resolución impugnada.
- Conforme al art. 6 del Código Civil y Comercial, en los plazos fijados en horas, el cómputo se inicia desde la hora siguiente a la notificación, sin fracciones de minuto.
- Por lo tanto, el recurso presentado a las 20:43 horas del 11/09/2024 fue extemporáneo, pues el plazo vencía a las 12 horas de ese mismo día.
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