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EN-M ECONOMIA-SECRETARIA INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO c/ DIA ARGENTINA SA-EXPTE 33855772/21 26875213/22 9319403/22 57672841/21 55911979/21 56788838/21 34068705/21 57513680/21 77843623/20 31391728/22 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El Ministerio de Desarrollo Productivo demandó el incumplimiento de publicación de sanciones administrativas impuestas a una empresa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la inhibición del juez y declaró su competencia para entender en la causa.

Recurso de apelacion Defensa del consumidor Competencia jurisdiccional Derecho administrativo Sanciones administrativas


¿Quién es el actor?

Ministerio de Desarrollo Productivo

¿A quién se demanda?

DIA ARGENTINA SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de actos administrativos que impusieron sanciones de multa a la demandada por infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la inhibición dispuesta por el juez de primera instancia y declaró su competencia para entender en la causa. Los argumentos principales de la Cámara fueron:
- En el caso se persigue la ejecución de un acto administrativo, cuyo contenido refiere a los derechos de los consumidores, por lo que resultan aplicables las normas y principios del derecho administrativo.
- Conforme al art. 45 de la Ley N° 24.240 y el art. 76 de la Ley N° 26.993, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resulta competente para entender en los recursos directos contra sanciones de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor.
- Cuando se prevé un recurso judicial directo, la intención del legislador es conferir especialización al fuero respectivo, de modo que no corresponde dividir el conocimiento de los asuntos relacionados con aquellos recursos directos.

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