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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES c/ TELECENTRO SA - EX 18021/14 s/PROCESO DE EJECUCION

Conflicto de competencia entre tribunal contencioso administrativo y tribunal de ejecuciones fiscales. La Cámara resuelve atribuir la competencia al tribunal de ejecuciones fiscales.

Competencia Telecomunicaciones Ejecucion fiscal Multas Juzgados de ejecuciones fiscales tributarias

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) promovió una ejecución fiscal contra Telecentro S.A. por el cobro de multas aplicadas por falta de pago de obligaciones regulatorias. Se suscitó un conflicto de competencia entre el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°3 y el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N°6. La Cámara Contencioso Administrativa Federal coincide con el dictamen del Fiscal General en el sentido de que, en virtud de una interpretación teleológica de la Ley 25.293 que creó los juzgados de ejecuciones fiscales tributarias, éstos tienen competencia para conocer en la ejecución de créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas. Por lo tanto, resuelve atribuir la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N°6.

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