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PEUGEOT CITROEN ARGENTINA SA c/ EN - DGA - SIGEA 12042/139/2014 - RESO 429/E/2022 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

La empresa Peugeot Citroën Argentina impugnó resoluciones de la DGA referentes a derechos de importación. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia que declaró inaplicable la tasa de interés fijada por resolución ministerial y aplicó la tasa pasiva promedio del BCRA.

Tasa de interes Inconstitucionalidad Banco central Derechos de importacion Repeticion de tributos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Peugeot Citroën Argentina demandó a la Dirección General de Aduanas (DGA) de la AFIP impugnando resoluciones que ordenaron la devolución de sumas abonadas en demasía en concepto de derechos de importación. El Juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando la inaplicabilidad de la tasa de interés fijada en la Resolución Ministerial 314/2004 y ordenando aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA a partir del 16/7/2013 respecto de las sumas a devolver. Rechazó además el planteo de inconstitucionalidad de otras resoluciones. La AFIP-DGA apeló el criterio de la tasa de interés aplicable. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia apelada. Sostuvo que la tasa de interés prevista en la resolución ministerial resulta irrazonable al privar al contribuyente de toda la renta o retribución por la privación de su capital, por lo que corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA.

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