M SEGURIDAD DE LA NACION c/ MARDAN SA s/PROCESO DE EJECUCION
Debate sobre competencia entre juzgados federales contencioso administrativos y de ejecuciones fiscales para conocer en ejecución de multa administrativa
¿Quién es el actor?
Ministerio de Seguridad de la Nación
¿A quién se demanda?
MARDAN SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de multa impuesta por resolución administrativa del Ministerio de Seguridad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V atribuyó la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 4.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El objeto de la ejecución es una multa administrativa, que se considera comprendida en la competencia de los juzgados de ejecuciones fiscales tributarias, de acuerdo a la interpretación de la Ley 25.293.
- Tanto los juzgados contencioso administrativos como los de ejecuciones fiscales tributarias responden a una lógica de especialización dentro de la materia contencioso administrativa, en el marco de una política orientada a tornar más eficiente la gestión judicial.
- La Corte Suprema ha reconocido que la atribución de competencia a determinados tribunales para ciertas materias implica una especialización que debe ser tenida en cuenta.
- La Defensoría General de la Nación asignó a la Defensoría Pública Oficial ante los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias la competencia para ejercer la defensa en todas las causas en las que el Estado reclame sumas adeudadas al erario público a través del procedimiento de ejecución.
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