ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES c/ IDEAS DEL SUR SA - EX 8244379/22 s/PROCESO DE EJECUCION
El ENACOM promovió ejecución fiscal por cobro de multas aplicadas a Ideas del Sur S.A. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
¿Quién es el actor?
Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM)
¿A quién se demanda?
Ideas del Sur S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de multas aplicadas por el ENACOM por infracción a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el ENACOM y confirmó la decisión del juez de primera instancia de declarar la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias para entender en el proceso de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que, de acuerdo a la interpretación de la Ley N° 25.293, los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias tienen competencia para ejecutar créditos adeudados a la administración pública por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas. Esto es así incluso cuando los créditos no provengan de obligaciones tributarias, como en el caso de las multas aplicadas por el ENACOM. La Cámara también tuvo en cuenta el criterio del Fiscal General y la jurisprudencia de la Corte Suprema que resalta la especialización de estos tribunales.
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