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TAM LINHAS AEREAS SA c/ EN - DNM - EX 19246/16 s/RECURSO DIRECTO DNM

La empresa apela la declaración de caducidad de instancia en el reclamo directo contra la Dirección Nacional de Migraciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la caducidad al considerar que no hubo actos impulsores del proceso dentro del plazo legal.

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¿Quién es el actor?

TAM LINHAS AEREAS SA

¿A quién se demanda?

EN – DNM

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra la Dirección Nacional de Migraciones

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación confirmando la caducidad de instancia declarada por el juez de primera instancia. El tribunal señala que el Código Procesal establece la caducidad de instancia cuando no se impulsa el procedimiento dentro de los plazos legales, los cuales corren incluso durante los días inhábiles, salvo feria judicial. Para interrumpir la caducidad se deben realizar actos con aptitud para hacer avanzar el proceso hacia la sentencia. En el caso, la actora no realizó actos impulsores desde el 25/10/23 hasta el 27/5/24, por lo que se configuró la caducidad prevista en el art. 310 inc. 1 del CPCCN. El tribunal rechaza el argumento de la actora de que la caducidad operó un sábado, por lo que debía concedérsele un plazo de gracia, ya que la ley incluye los días inhábiles en el cómputo.

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