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RUIZ DIAZ, CARLOS RUBEN c/ EN-M SEGURIDAD- PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda contra el Estado Nacional - Policía Federal Argentina por el pago de sumas adeudadas. La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala V confirmó la decisión que denegó la ejecución inmediata del crédito al considerar que el pago debe realizarse en el ejercicio presupuestario siguiente al reconocimiento.

Recurso de apelacion Presupuesto publico Diferimiento de pago Pago de condena Falta de credito presupuestario


¿Quién es el actor?

RUIZ DIAZ, CARLOS RUBEN

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de sumas adeudadas en concepto de crédito reconocido en sentencia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala V confirmó la resolución de primera instancia que denegó la ejecución inmediata del crédito, considerando que el pago debe realizarse en el ejercicio presupuestario siguiente al reconocimiento, de acuerdo a lo establecido en los arts. 22 de la Ley 23.982 y 170 de la Ley 11.672. La Cámara señaló que la legislación reseñada establece que, en caso de ausencia de crédito presupuestario suficiente en el ejercicio en que corresponde efectuar el pago, el Poder Ejecutivo debe prever su inclusión en el ejercicio siguiente, con la posibilidad de diferir el pago para el año posterior. Por lo tanto, no se encontraba habilitada la ejecución forzada del crédito, debiendo ser incluido en el presupuesto del año 2023 y posiblemente diferido al 2024.

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