PEREYRA, DIEGO LEANDRO c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios del letrado de la actora, aplicando criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso trata sobre la regulación de honorarios de la abogada patrocinante de la parte actora en un juicio iniciado por el Sr. Diego Leandro Pereyra contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, al analizar la regulación de honorarios, consideró que no debe aplicarse de manera automática los porcentajes previstos en los aranceles, sino que se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema, la Cámara concluyó que el valor del juicio no es la única base computable para la regulación, sino que deben considerarse el mérito, la naturaleza y la importancia de la labor profesional.
En función de estos criterios, la Cámara redujo los honorarios de la Dra. Famulari, patrocinante de la parte actora, a la suma de $130.189,50, equivalente a 2,10 UMA. Además, resolvió que el importe del IVA debe adicionarse a los honorarios cuando el profesional revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.
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