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EN - M ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION c/ KAIBO SA - EX 46979305/21 s/PROCESO DE EJECUCION

Conflicto de competencia entre juzgados en ejecución fiscal tributaria. La Cámara Contencioso Administrativa Federal decide la competencia a favor del Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

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¿Quién es el actor?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

¿A quién se demanda?

KAIBO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por cobro de deuda en concepto de impuestos, patentes, tasas, retribuciones o multas adeudadas a la administración pública nacional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal resuelve el conflicto de competencia negativo suscitado y atribuye el conocimiento de la causa al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 4.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley N° 25.293 creó los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias con competencia específica en materia de ejecuciones fiscales tributarias.
- Según el mensaje legislativo, la ley buscaba dotar al Estado de mecanismos más ágiles para el cobro de créditos fiscales.
- Una interpretación teleológica de la ley lleva a concluir que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias están habilitados para conocer en la ejecución de créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones o multas.
- Esta Cámara ya se ha pronunciado en el mismo sentido en otra causa similar.

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