ADEN, JOSEFINA EDELMIRA c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora demandó la inconstitucionalidad de normas tributarias sobre retenciones del Impuesto a las Ganancias de su haber previsional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de las normas y ordenó el reintegro de los montos retenidos.
Declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23, 79, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y arts. 6° de la Ley 27.725, por considerar que las retenciones sobre el haber previsional son confiscatorias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ordenó el cese de las retenciones y el reintegro de los montos retenidos en los últimos 5 años.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara aplicó los criterios establecidos por la CSJN en el caso "García", considerando que no es necesario acreditar la condición de persona vulnerable o la confiscatoriedad concreta del tributo. Basta con que se trate de un beneficiario del sistema previsional para declarar la inconstitucionalidad de las normas que permiten retenciones sobre los haberes.
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