ROJAS, MANUEL ALEJANDRO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La demandada apeló la intimación cursada por la liquidación de intereses pendientes de pago. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V confirmó la providencia apelada y desestimó el recurso.
¿Quién es el actor?
ROJAS, MANUEL ALEJANDRO Y OTROS
¿A quién se demanda?
EN
- Mº SEGURIDAD-GN
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de intereses liquidados pendientes de pago por $1.537.304,74.
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la providencia que intimó el pago de los intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema estableció que los intereses moratorios deben computarse hasta la cancelación del crédito, no pudiendo considerarse pago la mera previsión presupuestaria.
- Las leyes 23.982 y 11.672 permiten diferir por única vez el pago de la condena, pero no eximen del pago de intereses.
- La previsión presupuestaria debe ser suficiente para atender el capital, costas e intereses hasta el momento del pago efectivo.
- Habiendo vencido los plazos previstos en las leyes, corresponde desestimar el recurso y confirmar la providencia apelada.
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