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ENRE c/ SERVICIOS PUBLICOS SE SANTA CRUZ-RESOL 46/24 s/PROCESO DE EJECUCION

El ENRE promovió ejecución para cobrar una multa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió atribuir la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Multa Ejecucion fiscal Enre Juzgado federal de ejecuciones fiscales tributarias


- Actor: Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE)
- Demandado: Servicios Públicos de Santa Cruz
- Objeto: Cobro de una multa de $54.930 impuesta por el ENRE
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió dirimir el conflicto de competencia negativo suscitado, atribuyendo la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 5.
- Fundamentos:
- La Cámara concluyó que, a la luz de la Ley N° 25.293, los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias se encuentran habilitados para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas.
- El Fiscal General de Cámara también había dictaminado en ese sentido, sosteniendo que las ejecuciones fiscales para cuyo tratamiento se crearon los nuevos tribunales resultan comprensivas de todas las ejecuciones de los créditos originados en impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas adeudadas a la administración pública nacional.

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