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EN - M SEGURIDAD c/ PINCEN SOCIEDAD ANONIMA - LEY 26045 s/PROCESO DE EJECUCION

Conflicto negativo de competencia entre juzgados federales administrativos y de ejecuciones fiscales tributarias por ejecución de multa administrativa. La Cámara resolvió atribuir la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Conflicto de competencia Ejecucion fiscal Multa administrativa Materia contencioso administrativa Juzgado de ejecuciones fiscales tributarias


¿Quién es el actor?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad

¿A quién se demanda?

Pincen Sociedad Anónima

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de multa administrativa de $600.000 impuesta por el Ministerio de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala V dirimió el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado de Primera Instancia y el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias, atribuyendo la competencia a este último.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Fiscal General de Cámara y la jurisprudencia de la Sala consideran que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias tienen competencia para conocer en ejecuciones de créditos adeudados a la Administración Pública Nacional, como multas, impuestos, tasas, etc.
- Esto se fundamenta en la lógica de especialización y eficiencia que subyace a la creación de estos juzgados por la Ley 25.293.
- La Defensoría Pública Oficial también ha reconocido la competencia de estos juzgados para procesos de ejecución fiscal, más allá de quién sea el acreedor.

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