CNRT c/ CONSTRUCCIONES ELECTROMECANIAS DEL OESTE SA s/PROCESO DE EJECUCION
La CNRT promovió ejecución fiscal para cobrar multas impuestas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de incompetencia del juez de primera instancia, quien derivó la causa a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
- Actor: Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
- Demandado: Construcciones Electromecanicas del Oeste SA
- Objeto: Cobro de multas por $1.548.000 impuestas mediante disposiciones de la CNRT
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de incompetencia del juez de primera instancia, quien derivó la causa a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
- Fundamentos:
- La Ley 25.293 creó los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias, cuya competencia abarca la ejecución de créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas.
- Esta interpretación surge del texto de la ley, su espíritu y finalidad, orientada a tornar más eficiente la gestión judicial de este tipo de ejecuciones.
- Distintas Salas de la Cámara han sostenido este criterio en causas análogas.
- El monto cuestionado no supera el límite de inapelabilidad previsto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
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