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PIÑEIRO MARIA EUGENIA c/ ESTADO NACIONAL (TERCERO) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de los profesionales.

Danos y perjuicios Ley 27 423 Regulacion de honorarios profesionales Ley 21 839 Ley 24 432 Camara contencioso administrativa federal


¿Quién es el actor?

María Eugenia Piñeiro

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Tercero) y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para la regulación de honorarios, se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos y la contribución de cada profesional.
- No corresponde la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, debiendo realizarse un análisis y evaluación de la tarea encomendada.
- El valor del juicio no es la única base para regular los honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- Para los trabajos realizados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 27.423, corresponde aplicar la Ley 21.839 y su modificatoria Ley 24.432.
- Para los trabajos realizados bajo la vigencia de la Ley 27.423, corresponde aplicar dicha normativa.

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