BENITEZ, WALTER FERNANDO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora promovió demanda por el pago de honorarios e IVA de su letrada. La Cámara Contencioso Administrativa revocó la sentencia de primera instancia que había ordenado el pago, al considerar que aún se encuentran vigentes los plazos legales para que el Estado efectivice el pago.
- Actores: BENITEZ, WALTER FERNANDO Y OTROS
- Demandado: EN
- M DEFENSA
- EJERCITO
- Objeto: Reclamación de pago de honorarios e IVA de la Dra. Silvia Sara Ramírez
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había ordenado el pago, al considerar que aún se encuentran vigentes los plazos legales para que el Estado efectivice el pago.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que para la cancelación de reconocimientos judiciales firmes sujetos al procedimiento del art. 170 de la Ley Nº 11.672, el Estado debe adoptar las medidas necesarias para que la previsión presupuestaria sea comprensiva del capital de condena y de los intereses devengados hasta su efectivo pago.
- Conforme a lo dispuesto en los arts. 22 de la Ley Nº 23.982 y 170 de la Ley Nº 11.672, ante la falta de crédito presupuestario suficiente en el ejercicio en el que corresponde satisfacer el pago, el Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias para su inclusión en el ejercicio siguiente, pudiendo diferir el pago por única vez.
- En el presente caso, al momento del dictado de la resolución apelada, la letrada Silvia Sara Ramírez no se encontraba habilitada para promover la ejecución forzada del crédito que le fuera reconocido, ya que aún no se encuentran vencidos los plazos previstos en los arts. 22 de la Ley Nº 23.982 y 170 de la Ley Nº 11.672.
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