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DNM c/ ARROYO GABRIEL, NANCY-EXPTE 87247347/20 s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativo Federal resuelve el conflicto de competencia negativo suscitado entre los juzgados y atribuye el conocimiento de la ejecución fiscal al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Conflicto de competencia Ejecucion fiscal Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias Ley 25 293

Ejecución fiscal por $1.947.000 más intereses y costas
- Decisión: La Cámara resuelve dirimir el conflicto de competencia negativo suscitado, atribuyendo el conocimiento de la causa al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N°4. La Cámara comparte los argumentos expuestos por el Fiscal General, quien señaló que una interpretación teleológica de la Ley N° 25.293 permite concluir que los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias se encuentran habilitados para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas. Esto obedece a la finalidad de la ley de tornar más eficiente la gestión judicial en este tipo de ejecuciones.

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