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DNM c/ ARGIE TOURS SRL-EXPTE 55084448/19 s/PROCESO DE EJECUCION

La Dirección Nacional de Migraciones promovió ejecución fiscal por sanciones a empresa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Competencia Ejecucion fiscal Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias Direccion nacional de migraciones Ley de migraciones


- Actor: Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
- Demandado: ARGIE TOURS SRL
- Objeto: Ejecución fiscal por sanciones por violar la Ley de Migraciones
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la incompetencia del juzgado de primera instancia y determinó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias. Fundamentos principales:
- La Ley N° 25.293 creó los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias, con competencia específica en materia de ejecuciones fiscales de créditos adeudados a la administración pública nacional, incluyendo impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas.
- La finalidad de la ley fue otorgar mayor celeridad al cobro de créditos estatales, por lo que una interpretación teleológica de la norma determina que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias son competentes para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública, incluyendo los originados por sanciones por violación a la Ley de Migraciones.

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