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DE MARIA, MARCOS TOMAS c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios regulados en primera instancia para los abogados de la demandada y la perito contadora, aplicando criterios de razonabilidad y proporcionalidad.

Danos y perjuicios Costas Regulacion de honorarios Proporcionalidad Pericia contable Razonabilidad


¿Quién es el actor?

MARCOS TOMAS DE MARIA

¿A quién se demanda?

EN-AFIP-LEY 27605
- Objeto de la demanda: PROCESO DE CONOCIMIENTO

¿Qué se resolvió?

La Cámara redujo los honorarios regulados en primera instancia para los abogados de la demandada (MARIAN FATIMA SAWAN y MARIA MERCEDES RENA) a $4.185.468 y $1.660.900 respectivamente, y para la perito contadora VERONICA ANDREA GUALAZZI a $3.188.928. Los fundamentos se basaron en ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada uno a la solución definitiva del pleito, evitando una evidente e injustificada desproporción con la obra realizada.

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