DNM c/ SANVER GASTRONOMICO SA-EXPTE 123216901/21 s/PROCESO DE EJECUCION
La Dirección Nacional de Migraciones promovió ejecución fiscal por cobro de multa, pero la Cámara confirmó que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias son competentes para entender en este tipo de ejecuciones.
Cobro de multa de $2.895.000 por infracción a la Ley de Migraciones 25.871
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala V rechazó el recurso de apelación interpuesto por la DNM y confirmó la declaración de incompetencia del juez de primera instancia, determinando que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias son los competentes para entender en este tipo de ejecuciones.
- Principales fundamentos:
- El criterio de restringir la competencia de los tribunales de ejecuciones fiscales a los casos en que el promotor sea la AFIP no se condice con la ley.
- Las ejecuciones fiscales para cuyo tratamiento se crearon estos tribunales resultan comprensivas de todas las que fueron descriptas en el mensaje que creó la ley, incluyendo las multas adeudadas a la administración pública nacional.
- Estas ejecuciones comparten la simplificación del proceso y la premura en su tramitación, que podrían verse afectadas si un mismo tribunal deba conocer en procesos de conocimiento de diversa complejidad.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: