COINAL SA c/ EN-COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La parte actora impugnó la declaración de caducidad de la instancia dictada por el juez de primera instancia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión y ordenó imponer las costas a la parte perdidosa.
¿Quién es el actor?
COINAL SA
¿A quién se demanda?
EN
- COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de conocimiento
¿Qué se resolvió?
Se confirma la declaración de caducidad de la instancia dictada por el juez de primera instancia y se imponen las costas a la parte actora.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- El código procesal establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los plazos fijados (art. 310 y 311 CPCCN). En el caso, entre el acto impulsorio del 9/11/23 y el acuse de perención del 26/6/24, transcurrió el plazo de 6 meses sin que la parte actora impulsara el proceso.
- Los actos posteriores al período de caducidad no purgan el vicio si no son consentidos. En el caso, la demandada acusó la caducidad dentro del plazo y no consta que haya consentido acto alguno de la parte actora.
- De acuerdo al art. 73 CPCCN, declarada la caducidad, las costas deben imponerse al actor.
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