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EN - DNM c/ WU, MEIZI - EX 26697510/18 s/EJECUCION FISCAL

La Dirección Nacional de Migraciones promovió ejecución fiscal por cobro de multa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Competencia Multa Ejecucion fiscal Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias Direccion nacional de migraciones Ley 25 871


¿Quién es el actor?

Dirección Nacional de Migraciones (DNM)

¿A quién se demanda?

No se identifica

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por cobro de multa de $854.334 por infracción a la Ley 25.871

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias tienen competencia para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública nacional, incluyendo multas, más allá de que el crédito provenga de una relación tributaria o de otro tipo de relación con el Estado. Asimismo, indicó que la decisión de declarar la incompetencia del juez de primera instancia no vulnera la competencia material dispuesta en la Ley 25.871, dado que los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias son juzgados en lo contencioso administrativo federal.

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