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TODOBUJES SRL c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-EXPTE 116897232/22 Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La importadora impugnó la resolución conjunta AFIP-SC que creó el SIRA, y cuyos bloqueos le impedían continuar con su actividad comercial. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión de declarar abstracto el objeto del proceso.

Abstracto Medida cautelar Importaciones Sira Sedi Derogatoria


¿Quién es el actor?

Todo Bujes SRL, importadora

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, AFIP-DGA, BCRA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad e ilegalidad del art. 7 de la resolución conjunta AFIP-SC 5271/2022 que creó el SIRA, y solicitud de medida cautelar

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de primera instancia de declarar abstracto el objeto del proceso, debido a que la resolución conjunta 5466/2023 derogó el SIRA y creó el nuevo SEDI.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Las sentencias deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, incluyendo las normas sobrevinientes. Al haberse derogado el SIRA, objeto de la impugnación, ya no subsiste el interés de la importadora en la tramitación de la acción, tornándola abstracta.

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