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JAUREGUI, OSVALDO ARTURO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes jubilatorios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad y ordenó el reintegro de los montos retenidos.

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Declaración de inconstitucionalidad de las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias que gravan los haberes de pasividad del actor.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las normas impugnadas y ordenó a la AFIP que se abstenga de retener el impuesto al actor y que le reintegre los montos retenidos en los últimos 5 años, con intereses. Los fundamentos principales fueron:
- La Corte Suprema en el precedente "García, María Isabel" estableció que el régimen tributario debe contemplar un trato diferenciado para los jubilados en situación de vulnerabilidad por su edad avanzada, sin que baste con el criterio de capacidad contributiva.
- Las condiciones personales del actor, de 78 años de edad, justifican la aplicación del criterio de la Corte Suprema.
- Corresponde el reintegro de las sumas abonadas por aplicación de las normas declaradas inconstitucionales, conforme a la Ley de Procedimiento Tributario.

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