GONZALEZ, MARIO JORDAN Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Revisión judicial de los honorarios de la letrada patrocinante. La Cámara Contencioso Administrativa Federal reduce los honorarios aprobados en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de un juicio por una cuestión de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, la Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de la letrada patrocinante de la parte actora, reduciendo los honorarios de primera instancia de 3,03 UMA a $ 201.301,08 y fijando los honorarios de Alzada en 3,88 UMA equivalentes a $ 257.771,68. La Cámara resaltó que estos montos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá ser depositado junto con el pago de los honorarios. Los fundamentos principales fueron la naturaleza del juicio, la calidad, eficacia y extensión de la labor de la letrada, el resultado del proceso y el monto en juego.
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