Logo

DAY, ARIEL HECTOR Y OTRO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demanda por suplemento Función Policial Operativa. Corte Confirma parcialmente la sentencia de primera instancia.

Costas Decreto 380 17 Decreto 142 22 Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Funcion policial operativa Suplemento salarial

Pago del suplemento "Función Policial Operativa" creado por el Decreto 380/17

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, que había hecho lugar a la demanda. Estableció que el suplemento debe ser incluido en el haber mensual del personal en la medida en que haya sido efectivamente percibido bajo el régimen normativo cuestionado, hasta que fue derogado por el Decreto 142/22. No corresponde reconocer diferencias por el suplemento a partir de esa fecha. Además, modificó la imposición de costas, distribuyéndolas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite a lo resuelto en precedentes similares de la Sala, y toma en cuenta el fallo de la CSJN en el caso "Di Nanno". Considera que el suplemento "Función Policial Operativa" debe integrarse al salario en la medida que haya sido efectivamente percibido, hasta la derogación por el Decreto 142/22. Respecto a las costas, se apar ta del principio objetivo de la derrota.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar