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DE YULIIS, ANDREA NOEMI c/ FERROBAIRES (UEPFP) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Incidente sobre regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora en demanda por daños. La Cámara Contencioso Administrativa Federal eleva los honorarios en base a la importancia del asunto y las tareas desarrolladas.

Incidente Regulacion de honorarios Ley 27 423 Demanda por danos y perjuicios


¿Quién es el actor?

Andrea Noemi De Yuliis

¿A quién se demanda?

Ferrobaires (UEPFP) y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal eleva los honorarios regulados al doctor José Setton, quien ejerció la dirección letrada de la parte actora, a la suma de $395.958,56 (equivalentes a 5.96 U.M.A.) por la etapa de ejecución de intereses y honorarios tramitada ante primera instancia. Asimismo, regula la suma de $118.256,08 (equivalente a 1.78 U.M.A.) por las tareas desempeñadas ante la Cámara (expresar agravios y contestar traslado).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señala que la regulación se realiza de conformidad con lo dispuesto en la Ley 27.423 de Honorarios de Abogados y Procuradores, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica de la cuestión, el valor, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas.

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