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ROMANO MARIA BELEN c/ EN-M° INTERIOR- Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora recurrió la liquidación de intereses moratorios. La Cámara confirmó el pronunciamiento de primera instancia que consideró como fecha de corte para el cálculo de los accesorios el momento en que se le notificó a la actora que los importes adeudados quedaron a su disposición para ser cobrados.

Danos y perjuicios Intereses moratorios Fecha de corte Disponibilidad de cobro


¿Quién es el actor?

María Belén Romano

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio del Interior y otros
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios
- Decisión del tribunal: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se confirmó el pronunciamiento de primera instancia. Fundamentos principales:
- La Cámara señaló que los intereses deben ser estimados hasta la fecha en que el acreedor tomó conocimiento de que las sumas debidas quedaron a su disposición para requerir su efectivo cobro.
- En el caso, mediante la providencia del 15/2/2024 se le hizo saber fehacientemente a la actora que los importes se encontraban a su disposición para ser cobrados, por lo que esa fue la fecha tomada como corte para el cálculo de los intereses moratorios.
- La actora recién cumplió adecuadamente con los requisitos exigidos para solicitar la transferencia de los fondos el 14/3/2024.

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