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KLEINMAN, CLAUDIA LAURA c/ EN-M JUSTICIA-EXPTE S04693/23 s/AMPARO POR MORA

La actora promovió amparo por mora contra el Estado Nacional reclamando la pensión graciable prevista en la ley 26.913. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó el plazo otorgado al Estado para dictar el acto administrativo correspondiente.

Costas Plazo razonable Silencio administrativo Amparo por mora Ministerio de justicia y derechos humanos Ley 26 913 Pension graciable


¿Quién es el actor?

Claudia Laura Kleinman

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener pensión graciable prevista en ley 26.913

¿Qué se resolvió?

Se rechaza parcialmente el recurso de apelación del Estado. Se confirma la sentencia de primera instancia que tuvo por configurada la mora administrativa, pero se amplía el plazo otorgado al Estado para dictar el acto correspondiente a 30 días hábiles. Asimismo, se dispone que las costas sean impuestas por su orden en ambas instancias. Los principales fundamentos fueron:
- La administración tiene la obligación de impulsar de oficio el procedimiento y respetar los plazos legales. Los argumentos del Estado sobre cúmulo de tareas y cambios jurisprudenciales no resultan atendibles para justificar la demora.
- Si bien la administración se encontraba transitoriamente suspendida por una resolución, esa situación había cesado al momento del dictado de la sentencia.
- Corresponde distinguir entre la inactividad en la emisión de la resolución definitiva y la inactividad en el trámite, debiendo fijarse un plazo razonable para el dictado del acto administrativo.
- Atendiendo a las circunstancias particulares del caso, corresponde imponer las costas por su orden en ambas instancias.

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