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DNM c/ CARMONA SOCIEDAD ANONIMA - EX 11749654/23 s/EJECUCION FISCAL

El Estado Nacional promovió ejecución fiscal por una multa impuesta por infracción a la ley de migraciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Competencia Multa Ejecucion fiscal Migraciones Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias


¿Quién es el actor?

Estado Nacional
- Dirección Nacional de Migraciones (DNM)

¿A quién se demanda?

Carmona Sociedad Anónima

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de una multa de $7.800.000 por infracción al artículo 55 de la Ley 25.871 de Migraciones.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de incompetencia del juez de primera instancia y la atribución de competencia a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Una interpretación teleológica de la Ley 25.293 lleva a concluir que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias están habilitados para conocer en la ejecución de créditos adeudados a la Administración Pública Nacional por multas, más allá de su origen.
- La creación de estos juzgados especializados responde a la política de tornar más eficiente la gestión judicial, concentrando los procesos de ejecución en tribunales de primera instancia especializados.
- La Defensoría General de la Nación también asignó a la Defensoría Pública Oficial ante los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias la competencia para ejercer la defensa pública en estas causas.

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