ADMINISTRADORA CLUB CAMPO PUEYRREDON SA c/ EN - AFIP - DGI - RESOL 11/09 6/10 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
La Administradora Club Campo Pueyrredon S.A. reclamó el reconocimiento de exenciones en el Impuesto a las Ganancias, pero la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de dichas exenciones.
¿Quién es el actor?
Administradora Club Campo Pueyrredon S.A.
¿A quién se demanda?
E.N.
- A.F.I.P.
- D.G.I.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de exenciones en el Impuesto a las Ganancias
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda y se confirmó que la entidad no cumple con los requisitos legales para gozar de las exenciones impositivas previstas en los incisos "f" y "m" del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Fundamentos principales:
- Para encuadrarse en la exención del inciso "f", se requiere que la entidad desarrolle una actividad de "fin público" o "bien común", lo cual no se verificó en el caso, pues los beneficios de la actividad se circunscriben a los asociados.
- Para la exención del inciso "m", se exige que la actividad deportiva sea preponderante sobre cualquier otra, lo que tampoco sucede, ya que la administración y prestación de servicios al complejo habitacional reviste un carácter independiente y principal.
- Las exenciones impositivas deben surgir de la letra de la ley, por lo que corresponde una interpretación estricta y restrictiva.
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