ADAMUCCI, ROMINA JULIETA Y OTROS c/ EN - PODER JUDICIAL DE LA NACION s/EMPLEO PUBLICO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal reduce los honorarios de la letrada de la parte demandada, pero confirma los de la perito contadora y los del letrado de la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En la presente incidencia, se resolvieron diversas cuestiones vinculadas a la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes. Por un lado, la Cámara redujo los honorarios de la doctora Telma Débora Fiszman, letrada de la parte demandada, a la cantidad de 166,20 UMA (unos $11.041.663,20). Por otro lado, confirmó los honorarios regulados a favor de la perito contadora Alejandra Benintendi, atendiendo a la entidad de la tarea desempeñada y la importancia de la cuestión sobre la que hubo de expedirse. Finalmente, la Cámara elevó a 6,65 UMA (unos $441.799,40) los emolumentos del Dr. Guillermo Pajoni, letrado apoderado de la parte actora, y confirmó los correspondientes al Dr. Leonardo Elgorriaga por la dirección letrada de la accionante.
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