LARTIGUE, CLAUDIO XAVIER c/ SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
El tribunal redujo los honorarios profesionales regulados a la demandada en un juicio de amparo, aplicando los criterios legales correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso se trata de un incidente de regulación de honorarios en un juicio de amparo promovido contra la Superintendencia de Servicios de Salud. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, redujo los honorarios regulados a las Dras. Ariana Ayelen Zecca y Gladys Catalina Funes, patrocinante y apoderada de la demandada, respectivamente. Para ello, la Cámara tuvo en cuenta la naturaleza del asunto, lo preceptuado por el art. 48 de la ley 27.423 sobre el honorario mínimo en amparos, así como los incisos b) a g) del art. 16 de dicha ley arancelaria, atendiendo a la labor desarrollada, el motivo, extensión, calidad jurídica y resultado de la defensa. En ese marco, se fijaron los honorarios en la suma de $93.010,40 (equivalente a 1,40 UMA) para la Dra. Zecca, y $39.861,60 (equivalente a 0,60 UMA) para la Dra. Funes.
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