ARRATE, JUAN PABLO c/ EN-M DEFENSA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia que confirmó parcialmente la condena por daños y perjuicios. La Cámara declaró inadmisible el recurso al considerar que las resoluciones que declaran desierto un recurso no son impugnables por vía extraordinaria, salvo que revelen un exceso ritual que afecte la defensa en juicio.
Daños y perjuicios por hecho ocurrido el 6/7/06
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia que había admitido la demanda y condenado al Estado Nacional a reparar los daños.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El agravio del Estado Nacional sobre su responsabilidad fue declarado desierto por no haber rebatido el argumento central del juez de primera instancia.
- Las resoluciones que declaran desierto un recurso no son impugnables por vía extraordinaria, salvo que revelen un exceso ritual que afecte la defensa en juicio, lo que no ocurre en este caso.
- La Corte Suprema ha señalado que la arbitrariedad invocada debe tener fundamentos suficientes para dar sustento a una excepción, lo que no ocurre aquí, pues el Estado se limitó a manifestar su desacuerdo sin demostrar que la sentencia carece de los presupuestos mínimos de validez.
- Tampoco se acreditó la configuración de un supuesto de gravedad institucional que exceda el interés individual y afecte a la comunidad.
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