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OLIJAVETSKY MAURICIO LEONARDO c/ TRENES DE BUENOS AIRES S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su hija en un incidente en un servicio ferroviario. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ajustó los montos indemnizatorios por daño psicológico y daño moral.

Dano moral Responsabilidad civil Dano psicologico Concesion de servicio publico Transporte Servicio publico


- Actores: Miguel Mario Olijavetsky, Sofía Uner de Olijavetsky y Mauricio Leonardo Olijavetsky
- Demandados: Trenes de Buenos Aires S.A. y Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación de daños y perjuicios por el fallecimiento de Sandra Elena Olijavetsky

¿Qué se resolvió?

La Cámara hace lugar parcialmente al recurso de los actores, aumentando los montos indemnizatorios por daño psicológico y daño moral. Rechaza la demanda contra el Estado Nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La concesionaria ferroviaria tiene responsabilidad objetiva por los daños causados a los pasajeros durante el transporte, salvo caso fortuito, culpa de la víctima o de un tercero ajeno.
- No corresponde responsabilizar al Estado Nacional por la falta de actuación policial, ya que la sola invocación genérica del deber de prevención de delitos no genera su responsabilidad por hechos ajenos a su intervención directa.
- Procede indemnizar el daño psicológico como daño material, reconociendo los gastos de tratamiento psicoterapéutico.
- Corresponde aumentar la indemnización por daño moral ante la muerte de un hijo, que se presume dada la estrecha relación.

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