LOIANNO , RAUL ANGEL c/ ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO
El actor reclamó el cumplimiento de un contrato de seguro por robo de su vehículo. La Cámara Nacional de Apelaciones revocó la sentencia que había declarado prescripta la acción y ordenó el pago de la indemnización por la suma asegurada, el lucro cesante y el daño moral.
Cumplimiento de contrato de seguro por robo de vehículo
¿Qué se resolvió?
Se revoca la sentencia que declaró prescripta la acción. Se ordena el pago de la suma asegurada ($29.000), lucro cesante ($30.000) y daño moral. La Cámara consideró que el actor revestía la calidad de consumidor, por lo que correspondía aplicar el plazo de prescripción de 2 años de la Ley de Defensa del Consumidor y no el plazo anual de la Ley de Seguros. Si bien el vehículo se utilizaba también para actividad empresarial, la Cámara entendió que ello no impedía su calificación como relación de consumo. Por su parte, el juez Garibotto se pronunció en disidencia, considerando que el actor revestía carácter de empresario y no de consumidor, por lo que correspondía aplicar el plazo anual de la Ley de Seguros.
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