ALESSANDRI DANIEL EDUARDO c/ HALAOUI MOSSE VIRGINIA s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por cobro de retribución como corredor inmobiliario en una compraventa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial declaró la nulidad del convenio de honorarios por contravenir la prohibición legal de que el corredor tenga interés en el mayor valor de la operación.
Cobro de retribución como corredor inmobiliario en la compraventa de un inmueble
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la nulidad del "Convenio de Honorarios por Gestión de Venta" suscripto entre las partes, por violar la prohibición legal de que el corredor tenga participación en el mayor valor de la operación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La sentencia de primera instancia había rechazado la demanda por considerar que el actor no estaba matriculado como corredor al momento de la operación.
- Sin embargo, la Cámara revocó ese aspecto, determinando que el actor sí se encontraba matriculado al tiempo de la suscripción del convenio.
- No obstante, la Cámara consideró que el convenio de honorarios, que preveía que la retribución del corredor sería la diferencia entre el precio acordado y el mayor valor logrado en la venta, es nulo por contravenir la prohibición legal establecida en el art. 19 inc. b) de la Ley 20.266.
- Por lo tanto, confirmó el rechazo de la demanda, pero por la razón de la nulidad del convenio.
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