FEDERICO S.A. c/ CANTERO MIRTA RAMONA s/ORDINARIO
La concesionaria vendedora demandó a la adquirente por incumplimiento de la obligación de transferir el dominio de un automotor. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el rechazo de la demanda al considerar que el vendedor incumplió su deber legal de inscribir el vehículo a su nombre.
¿Quién es el actor?
Concesionaria vendedora "Federico S.A."
- Demandada: Mirta Ramona Cantero, adquirente del automotor
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obligar a la adquirente a realizar los actos necesarios para concretar la transferencia dominial de un automotor a su nombre, así como cancelar impuestos e infracciones.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juez de primera instancia basó su decisión en la normativa que regula la compraventa de automotores usados, específicamente el art. 9 del decreto-ley 6582/58 y el art. 3 del Digesto de Normas Técnico-Registrales. Estas normas establecen la obligación del vendedor comerciante de inscribir a su nombre el vehículo usado adquirido para su reventa posterior.
- La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la actora, en su condición de concesionaria vendedora, debía haber inscripto el automotor a su nombre y, en todo caso, estar en condiciones de realizar la inscripción a nombre de la adquirente.
- Se citó jurisprudencia de la propia Cámara en el mismo sentido de rechazar la demanda de una concesionaria que pretende eludir el cumplimiento de la obligación legal de inscribir el vehículo usado adquirido.
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