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MARTITEGUI MARIA JOSE Y OTRO c/ ASATEJ S.R.L. s/ORDINARIO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Incapacidad Agencia de viajes

Daños y perjuicios por accidente de viaje contratado con la agencia

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Asatej S.R.L. a pagar $39.300 a los actores, con más intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez de primera instancia consideró que Asatej S.R.L. era responsable objetiva y solidariamente por los incumplimientos o daños durante el viaje, en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor.
- La Cámara confirmó la atribución de responsabilidad a Asatej por el vicio o riesgo en la prestación del servicio de transporte.
- Respecto a la incapacidad física sobreviniente, se aumentó el monto otorgado al Sr. Escobar a $15.000.
- Se incluyó el resarcimiento por los gastos de tratamiento kinesiológico.
- Se confirmó la procedencia y monto del daño moral.

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