LEUCHI , JULIO JOSE c/ BANCO ITAU BUEN AYRE S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda contra el banco por errónea información como deudor moroso. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la condena al banco a pagar indemnización por daño moral.
¿Quién es el actor?
Julio José Leuchi
¿A quién se demanda?
Banco Itaú Buen Ayre S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamar indemnización por daños derivados de la errónea información como deudor moroso.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al banco a pagar $35.000 en concepto de daño moral. La Cámara consideró acreditado el daño moral por el error del banco en mantener al actor como deudor e informarlo erróneamente a los registros de deudores, lo que le causó sufrimiento y afectó su reputación, más allá de las molestias normales de un incumplimiento.
Fundamentos principales:
- El banco no aportó pruebas que avalen su versión de que el actor mantuvo una deuda, y su conducta procesal no se ajustó al deber de colaboración.
- El mero hecho de haber sido injustamente registrado como deudor moroso genera un daño moral indemnizable, más allá de que no se haya acreditado un daño psicológico.
- El daño moral se configura por el sufrimiento y menoscabo reputacional que implica para el cliente ser injustamente calificado como deudor irrecuperable.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: